Una investigación de NSF realizada en cinco mercados europeos revela que el 88 % de los fabricantes prevé que las limitaciones en la capacidad de ensayos y auditorías retrasen la preparación del sector. Sin embargo, el 30 % no prevé seleccionar un socio externo hasta 2027. En España, la transición de declaraciones emitidas por los propios fabricantes a un sistema de evaluación de conformidad de la Unión Europea basado en riesgos representa uno de los cambios procedimentales más relevantes entre los principales mercados europeos.
Qué significa esto para España
El plazo de transición del EU-MHR es más breve de lo que muchos fabricantes suponen
Los fabricantes prevén cuellos de botella en las actividades de ensayo y auditoría
La documentación de los proveedores es el segundo punto crítico
Qué pueden hacer los fabricantes ahora
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Nota del editor: El informe técnico completo, la infografía resumen y las fotografías de los portavoces se pueden descargar en [enlace a los recursos en el DAM]. Los portavoces de la NSF están disponibles para entrevistas.
Acerca del estudio: Investigación realizada en línea por Opinium Research por encargo de la NSF, del 15 al 20 de junio de 2026, entre 110 directivos y responsables de la toma de decisiones con responsabilidades o supervisión en materia de cumplimiento normativo, garantía de calidad, operaciones, desarrollo de productos o funciones comerciales en organizaciones que fabrican y suministran productos que entran en contacto con el agua potable en el Reino Unido, Alemania, Francia, Italia y España. Opinium Research es miembro del British Polling Council y se rige por sus normas. Todos los resultados reflejan la situación en el momento de la realización del trabajo de campo. Los resultados de cada país se basan en submuestras de menos de 50 encuestados y deben considerarse meramente indicativos.
Acerca de la Directiva revisada de la UE sobre el agua potable y los requisitos mínimos de higiene de la UE (EU-MHR): La Directiva revisada sobre el agua potable (Directiva (UE) 2020/2184) se adoptó en diciembre de 2020. El artículo 11 establece los Requisitos Mínimos de Higiene de la UE, un marco único armonizado para los materiales y productos en contacto con el agua potable, que sustituye a los sistemas de homologación nacionales fragmentados, como el UBA en Alemania y el ACS en Francia.
Fechas clave: Las disposiciones del artículo 11 entrarán en vigor el 31 de diciembre de 2026, y el Reglamento de la UE sobre el plomo en el agua potable (EU-MHR) se aplicará directamente en todos los Estados miembros de la UE a los productos afectados que se comercialicen a partir del 1 de enero de 2027. Los productos que cuenten con un certificado nacional de higiene válido a 31 de diciembre de 2026 podrán seguir vendiéndose al amparo de dichos regímenes nacionales hasta el 31 de diciembre de 2032, siempre que no se produzcan cambios que afecten a su composición, proceso de producción o rendimiento. La cobertura finaliza antes para algunos productos: en Italia, el 31 de diciembre de 2030, para los productos que no cumplan el límite de 5 microgramos por litro de plomo en determinadas infraestructuras hidráulicas, y en Alemania, para las aleaciones que contengan plomo y superen dicho límite a partir del 12 de enero de 2028. Las sustancias de partida autorizadas en virtud de disposiciones nacionales entre el 13 de julio de 2021 y el 31 de diciembre de 2026 solo se mantendrán si cumplen el límite de 5 microgramos por litro de plomo en el agua del grifo. La cobertura nacional es territorial y no confiere acceso al mercado de toda la UE. Tras el período de transición, la certificación EU-MHR se convertirá en la vía para la conformidad en materia de higiene en todo el mercado de la UE. La forma de la autorización nacional y el plazo para obtenerla varían según el Estado miembro.
Autorizaciones nacionales válidas: La transición se aplica a los productos ya cubiertos por homologaciones nacionales de higiene válidas a 31 de diciembre de 2026, y los requisitos varían según el mercado. Alemania acepta tanto un certificado de conformidad en materia de higiene como una autodeclaración del propio fabricante; en virtud de las disposiciones transitorias de la UE, a partir del 31 de diciembre de 2026 no podrán expedirse nuevas confirmaciones con arreglo a los criterios de evaluación de la Agencia Federal de Medio Ambiente de Alemania (UBA), y los organismos de certificación han establecido sus propias fechas límite, anteriores a esa fecha. Austria exige un registro que implique una supervisión continua por parte de terceros y no expedirá nuevos registros a partir del 31 de diciembre de 2026. Francia utiliza una evaluación ACS o CLP, Italia se rige por el Decreto Ministerial 174/2004, y aún se está confirmando qué reconocerá España en virtud del Real Decreto 3/2023. La cobertura transitoria es territorial y está congelada: una homologación nacional no es un pasaporte válido en toda la UE, y cualquier cambio en la composición, la formulación o el proceso de producción puede darla por terminada. Los fabricantes que no dispongan de pruebas de conformidad nacionales válidas deberán evaluar la vía armonizada de la UE para los productos cubiertos comercializados a partir del 1 de enero de 2027.
Acerca de NSF: NSF es una organización global e independiente de servicios, dedicada a proteger y promover la salud humana desde hace más de 80 años mediante el desarrollo de normas de salud pública y la prestación de servicios de primer nivel, como análisis, inspección, certificación, consultoría y soluciones digitales para los sectores de alimentos, agua y productos de bienestar. NSF cuenta con 40.000 clientes en 110 países y es un Centro Colaborador de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en inocuidad alimentaria y calidad del agua.

